top of page
AQT-2060
Análisis obligatorio en aguas residuales de tipo ordinario y especial sin SAAM - Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales (CRI Decreto Nº 33601 MINAE-S)
Matrix
Description
detection range
Scope / Objective
Accreditation
Agua residual que ha recibido un uso y cuya calidad ha sido modificada por la incorporación de agentes contaminantes generada por las actividades domésticas del hombre (uso de inodoros, duchas, lavatorios, fregaderos, lavado de ropa, etc.), otros casos industriales, comerciales o agrícolas, o cualquier red que recolecte y/o transporte aguas a un punto de tratamiento y/o vertido.
Parámetros fisicoquímicos y microbiológicos universales que deberán ser analizados obligatoriamente en las aguas residual de tipo ordinario y especial en que se viertan en un cuerpo receptor o alcantarillado sanitario en concordancia con el Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales (CRI Decreto Nº 33601 MINAE-S; excluyendo sustancias activas al azul de etileno (SAAM).
————
Los parámetros: demanda bioquímica de oxígeno*, demanda química de oxígeno*, concentración de iones hidrógeno (pH)*, grasas y aceites*, sólidos sedimentables*, sólidos suspendidos totales*, temperatura*. // Métodos de referencia "Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater".
Todo ente generador deberá dar tratamiento a sus aguas residuales para que cumplan con las disposiciones del presente Reglamento y se eviten así perjuicios al ambiente, a la salud, o al bienestar humano.
Parámetros fisicoquímicos y microbiológicos universales que deberán ser analizados obligatoriamente en las aguas residual de tipo ordinario y especial en que se viertan en un cuerpo receptor o alcantarillado sanitario en concordancia con el Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales (CRI Decreto Nº 33601 MINAE-S
Todo ente generador estará en la obligación de confeccionar reportes operacionales que deberá presentar periódicamente ante la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud, cuando el efluente es vertido a un cuerpo receptor o alcantarillado sanitario o reusado.
(*) INTE-ISO/IEC 17025:2017 // Ente Costarricense de Acreditación (ECA) // AGR Certificado Acreditación No. LE-029
www.eca.or.cr
bottom of page